Gastos deducibles para autónomos en 2026: lista completa

Los gastos deducibles para autónomos en 2026 son todos aquellos gastos necesarios para desarrollar tu actividad económica que puedes restar de tus ingresos antes de calcular el IRPF que pagas trimestralmente en el Modelo 130 y en tu declaración anual de la Renta. Deducir correctamente tus gastos puede suponer una diferencia de cientos o miles de euros al año en tu factura fiscal — y no deducirlos, cuando tienes derecho a hacerlo, es simplemente pagar más impuestos de los que te corresponden.

Qué requisitos debe cumplir un gasto para ser deducible

Para que Hacienda acepte un gasto como deducible, debe cumplir tres condiciones simultáneas:

  1. Estar vinculado a tu actividad económica: no puedes deducir gastos personales aunque los pagues con la cuenta de empresa.
  2. Estar justificado documentalmente: mediante factura completa (con NIF del emisor y del receptor, descripción del servicio, base imponible e IVA). Los tickets sin datos fiscales no son válidos.
  3. Estar registrado en tu contabilidad: en el libro de gastos e inversiones.

Lista completa de gastos deducibles en 2026

Consumos de explotación

Materiales, mercancías, materias primas y otros aprovisionamientos directamente relacionados con tu actividad. Si vendes productos físicos, el coste de lo que compras para vender es el primer y más evidente gasto deducible.

Sueldos y salarios

Si tienes empleados, los sueldos, salarios, pagas extraordinarias, dietas y asignaciones para gastos de viaje de tus trabajadores son deducibles.

Seguridad Social

La cuota de autónomos que pagas mensalmente al RETA es deducible en el IRPF en su totalidad. Este es uno de los gastos más importantes y más frecuentemente olvidados por quienes llevan su propia contabilidad.

Arrendamientos y cánones

El alquiler de tu local, oficina, nave o cualquier espacio dedicado a la actividad es deducible. También lo son los cánones de arrendamiento financiero (leasing) de equipos y maquinaria.

Reparaciones y conservación

Los gastos de mantenimiento y reparación de bienes afectos a la actividad (maquinaria, equipos informáticos, vehículos si están afectos, local) son deducibles, pero no las mejoras que aumenten el valor del bien, que deben amortizarse.

Servicios de profesionales independientes

Honorarios de abogados, notarios, asesores, gestores, auditores, consultores y otros profesionales contratados para tu actividad.

Otros servicios exteriores

  • Publicidad y marketing: anuncios, redes sociales, diseño gráfico, fotografía profesional.
  • Suministros: luz, agua, teléfono e internet del local o de la parte afecta a tu actividad.
  • Primas de seguros: seguro de responsabilidad civil, seguro de accidentes profesionales, seguro multirriesgo del local.
  • Gastos de oficina: material de papelería, tóner, consumibles.
  • Transportes: mensajería, correo, transporte de mercancías.
  • Gastos bancarios: comisiones de tu cuenta bancaria de empresa o de negocio.

Tributos fiscalmente deducibles

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y otros tributos y tasas de carácter local directamente relacionados con tu actividad son deducibles. El IVA soportado no lo es (ya se deduce en el Modelo 303).

Gastos financieros

Intereses de préstamos y créditos utilizados para financiar tu actividad, comisiones bancarias por operaciones relacionadas con el negocio.

Amortizaciones

Los bienes que usas en tu actividad y que tienen una vida útil superior a un año (ordenadores, maquinaria, mobiliario, vehículos) no se deducen de golpe, sino de forma progresiva a través de las amortizaciones anuales, según las tablas oficiales de Hacienda.

Gastos de difícil justificación (estimación directa simplificada)

Si tributas en estimación directa simplificada (la mayoría de los autónomos), puedes deducir adicionalmente un 5% del rendimiento neto previo como gastos de difícil justificación, con un límite máximo de 2.000 € anuales. Esta deducción cubre pequeños gastos cotidianos relacionados con la actividad que son difíciles de documentar factura a factura.

Los casos que más dudas generan

El coche

El vehículo es el gasto que más inspecciones genera. Para deducir el 100% de los gastos del coche (amortización, gasolina, seguro, reparaciones), el vehículo debe estar afecto exclusivamente a la actividad, lo que en la práctica es muy difícil de demostrar si también lo usas para uso personal. Hacienda presume que los vehículos tienen un uso mixto, y en ese caso solo acepta la deducción del 50% del IVA (nunca el 100%) y no acepta la deducción en IRPF salvo prueba en contrario.

El móvil

Si tienes una línea de teléfono dedicada exclusivamente a la actividad, es deducible al 100%. Si usas el mismo móvil para uso personal y profesional, Hacienda acepta normalmente entre el 50% y el 100% de los gastos según la proporción de uso profesional, aunque esto puede ser objeto de discusión en una inspección.

Trabajar desde casa

Si trabajas desde tu domicilio, puedes deducir la parte proporcional de los suministros (luz, agua, internet, calefacción) correspondiente a los metros cuadrados afectos a la actividad. El porcentaje exacto se calcula como: (metros cuadrados del espacio de trabajo / metros totales de la vivienda) × 30% de los gastos totales de suministros.

Para aplicar esta deducción debes haber declarado la afectación parcial del inmueble al darte de alta en el Modelo 036, indicando el porcentaje de uso profesional.

El seguro médico privado

Desde 2018, el seguro médico privado es deducible para el autónomo, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él. El límite es de 500 € por persona asegurada (1.500 € si la persona tiene discapacidad). Esta deducción se aplica directamente en el IRPF anual, no en el Modelo 130 trimestral.

Dietas y gastos de manutención

Puedes deducir las dietas y gastos de manutención en restaurantes y hoteles relacionados con desplazamientos por motivos de trabajo, siempre que se paguen con medios electrónicos (tarjeta, transferencia) y el establecimiento esté fuera del municipio donde está ubicado tu local o donde vives. Los límites son 26,67 €/día en España y 48,08 €/día en el extranjero, y 53,34 €/día en España (y 91,35 € en el extranjero) si hay pernocta.

Formación

Los cursos, libros, suscripciones a plataformas de formación y otros gastos de formación profesional relacionados con tu actividad son deducibles en su totalidad.

Qué no es deducible (aunque parezca que sí)

  • Multas y sanciones administrativas.
  • Donativos y liberalidades (excepto los gastos de atención a clientes y proveedores, que tienen un límite del 1% de la cifra de negocios).
  • Gastos de comidas y entretenimiento sin vinculación demostrable con la actividad.
  • Gastos de ropa de calle, aunque se use exclusivamente para trabajar (salvo uniformes y ropa específica de trabajo).
  • El IVA soportado cuando es deducible en el Modelo 303 (no se puede deducir dos veces).

Cómo llevar un registro correcto de tus gastos

La clave para no perder deducciones en una inspección es simple: guarda todas las facturas (en papel o en digital), asegúrate de que tienen todos los datos fiscales obligatorios y regístralas en tu libro de gastos en el trimestre en que se produjeron. Una buena práctica es hacer una revisión mensual de gastos, en vez de acumular todos para el final del trimestre.


¿Quieres saber cómo se aplican estos gastos al calcular tu Modelo 130 trimestral? Consulta nuestra guía del Modelo 130 explicado paso a paso para autónomos, donde detallamos cómo rellenar la casilla de gastos correctamente.

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